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Según la Gobernación, no se afectó el bosque de helechos gigantes

Chiara Delgado, directora de Conservación del Patrimonio Natural (Dicopan), dio a conocer que la supuesta afectación al “Bosque de los helechos gigantes”, no es cierta, puesto que la apertura de camino que habría realizado la propietaria de una parcela ubicada en la comunidad El Chorolque, la misma que se encuentra dentro de la Unidad de Conservación del Patrimonio Natural (UCPN) Río Grande Valles Cruceños, estaría a un extremo de la zona del bosque.

“En respuesta a la preocupación por parte de la ciudadanía y alguna instituciones, respecto a la afectación de los helechos gigantes de Samaipata, decirles que todo el bosque de los helechos se encuentra fuera de peligro; efectivamente Dicopan entregó un certificado de compatibilidad a una propietaria de un predio para apertura de camino, pero este camino no afecta a los helechos gigantes, lo malo que hizo esta propietaria fue desmontar en zonas donde no estaba autorizada de acuerdo al certificado de compatibilidad; tenemos los mapas y ubicación exacta tanto del camino abierto, como del bosque de los helechos gigantes y uno está lejos del otro, lo que la población vio son imágenes obviamente del camino que se abrió, en una zona húmeda, puesto que toda esa área se caracteriza por ser húmeda y con algunos helechos, pero no son los helechos de la zona del bosque”, afirmó Delgado.

Acotó que el certificado de compatibilidad otorgado a la propietaria del predio solo le permitía trabajar en 7.129 metros y la señora sobrepasó esa longitud, y por ende mismo quedará sin efecto, debido a que la propietaria infringió lo estipulado, y de acuerdo a ley, tiene la obligación de remediar el daño causado, en este caso será la reforestación de la zona con ejemplares nativos.

Para finalizar, Delgado afirmó que la Autoridad de Bosque y Tierras (ABT) es la entidad nacional competente en otorgar autorizaciones de desmonte, mientras que Dicopan entrega el Certificado de Compatibilidad para validar algunas acciones y/o actividades de manejo sostenible a realizase dentro de las unidades de conservación, de acuerdo a la Ley N° 98.

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