El infanticidio pretendía ser camuflado por muerte natural, no obstante, se pudo descubrir que el menor murió por ahorcamiento.
Este pasado martes, un padre de familia denunció a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, que su hijo de 10 años habría fallecido por un paro cardiorrespiratorio, según el certificado de defunción, sin embargo, al ver a su hijo en el inmueble donde estaba siendo velado, notó que presentaba signos de violencia.
Inmediatamente, un equipo multidisciplinario se trasladó al lugar para realizar el levantamiento legal del cadáver y llevarlo a la morgue judicial para la respectiva autopsia médico-legal, donde se determinó que la causa de muerte fue asfixia mecánica por ahorcamiento, lo que no coincide con la causa reflejada en el certificado de defunción. Por este motivo, se procedió a la aprehensión de las siguientes personas:
Nélida Quisbert Condori (madre del menor) y Edwin Torrez Saavedra (padrastro de la víctima) por presentar varias contradicciones durante las entrevistas.
Patty Guzmán Mamani, Ximena Raquel Mamani Limachi y Lizet Mamani Limachi, en la Funeraria “Chávez”, por haber facilitado la emisión del Certificado Médico Único de Defunción.
Oficial de Registro Civil, Felipa Benigna Ramos Apaza, realizando el precinto de la Oficina de Registro Civil Nro. 20105020, donde se colectaron copias del certificado de defunción del menor, documento que refiere como causa de muerte: “paro cardiorrespiratorio secundario.” También se colectó el Certificado Médico Único de Defunción emitido por el Sr. Celso Prudencio Mayta Condori.
Sr. Celso Prudencio Mayta Condori, quien sería naturista y no médico general, emitió un Certificado de Defunción que no corresponde a la valoración física externa del Médico Forense del IDIF.
Estas personas fueron trasladadas a dependencias policiales y puestas a disposición del Ministerio Público.