El Reglamento de Procedimiento para la Cancelación de Personalidad Jurídica y Gradación de Sanciones del Órgano Electoral Plurinacional establece causales graves, muy graves y gravísimas para amonestar a los partidos políticos y la suma de tres determina la proscripción de la sigla.
La Ley 1096 establece la cancelación de la sigla política cuando se hayan acumulado tres sanciones ya sean graves, muy graves o gravísimas, señaló el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Tahuichi Tahuichi Quispe.
Recordó que la sala plena del El TSE sancionó al Movimiento Al Socialismo (MAS) con la “primera amonestación grave” por incumplimiento las disposiciones referidas a su congreso partidario, entre ellas “consensuar” con las organizaciones matrices.
En la resolución, la Sala Plena del TSE hace un recuento de los trámites que fueron rechazados por incumplir con la disposición de que la directiva nacional busque consensos con las organizaciones matrices.
Además, mencionó que varias organizaciones políticas de alcance departamental recibieron amonestaciones graves por no presentar sus estados financieros.
El reglamento contempla tres tipos de amonestaciones: graves, muy graves y gravísimas al partido político o agrupación ciudadana emitida por la sala plena del Tribunal Electoral correspondiente.
Las amonestaciones graves son el incumplimiento en la presentación anual de estados financieros; primer envío de estados financieros sin movimiento en la gestión, incumplimientos a resolución del TSE, incumplimiento a una primera resolución ejecutoriada emitida por un Tribunal Electoral Departamental (TED), la falta de atención a denuncias y la no actualización del registro de militantes.
Las muy graves tienen que ver con la tercera reincidencia en la no presentación de estados financieros, reincidencia por segunda vez en la no actualización del registro de militantes establecido y en la no atención y resolución de denuncias internas contra militantes.
Entre las gravísimas están el incumplimiento de resoluciones del TSE y tres resoluciones ejecutoriadas.
Las organizaciones políticas ahora tienen un plazo hasta septiembre para cumplir con la resolución del TSE de adecuación de sus estatutos y renovación de sus directivas.
El TSE amplió, por sexta vez y por 120 días, el plazo para que las organizaciones políticas puedan renovar sus directivas, militancia y adecuar sus estatutos.
Entre las infracciones están la extinción del partido político o agrupación ciudadana, no haber obtenido al menos el 3 por ciento del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron, además de no concurrir de manera consecutiva a dos elecciones, según su alcance, como organización política.