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Justicia se declara incompetente para juzgar a magistrados y deriva el caso a la ALP

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca declaró ayer que la justicia ordinaria no tiene competencia para juzgar a los magistrados prorrogados, por lo que el caso debe ser enviado a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para su trámnite como juicio de privilegio. 

La Sala, de esta manera, dejó archivada la investigación penal impulsada por parlamentarios de la oposición y organizaciones sociales afines a Evo Morales, como el Comité Impulsor de Juicios en Chuquisaca, según el reporte de Correo del Sur.

«Declara fundada la excepción de incompetencia debido a que la jurisdicción ordinaria no es competente para juzgar a los excepcionistas (magistrados), en ese sentido, al ser incompetentes (los jueces), no se pronuncia sobre (el incidente de) la falta de acción, precisamente porque no somos competentes para juzgar a los excepcionistas», señala parte de la resolución dictada este miércoles por los vocales Hugo Michel y Sandra Medrano, que resolvieron la apelación de la Fiscalía y de los parlamentarios denunciantes.

El Ministerio Público y la defensa de los parlamentarios opositores interpusieron una apelación en contra de la resolución de la jueza Cuarta de Instrucción Anticorrupción y Violencia hacia la Mujer, Miriam Flores, que el 2 de febrero dispuso el archivo de la causa en la vía ordinaria y la remisión del expediente a la Comisión de Constitución de Diputados.

La audiencia de resolución de esta apelación se desarrolló este miércoles, la misma que fue virtual, y después de la misma, los dos vocales determinaron que la justicia ordinaria es incompetente para investigar a los denunciados, según el reporte del diario capitalino.

Ell abogado de Comunidad Ciudadana, Johan Echavarría,dijo que los dos vocales actuaron «de forma oficiosa» al declarar la incompetencia para procesar a los magistrados sin que ninguna de las partes haya solicitado, porque el objeto de la audiencia era declarar la nulidad o mantener firme la resolución de la jueza que ya se deshizo del proceso.

«Les pedimos (en la apelación) que declaren la nulidad de la resolución de la jueza que declaró probada la excepción de Falta de Acción, pero oficiosamente determinaron la incompetencia (de la justicia ordinaria) sin que nadie se los haya pedido, bajo el argumento de que en segunda instancia (ellos) pueden modificar la resolución de la jueza», dijo Echavarría.

En su criterio, los vocales admitieron los argumentos de su apelación pero actuaron contrariamente «violando el principio de oficialidad, sin responder a los puntos de la apelación».

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