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Fiscalía General logra sentencia por caso petrocontratos contra Gonzalo Sánchez de Lozada por 6 años y 3 meses

Se los sindica a los acusados la no remisión de 106 contratos petroleros de Riesgo Compartido al entonces Congreso Nacional, omitiendo de esta manera el cumplimiento de la previsión contenida en el art. 59, núm. 5 de la CPE (vigente al momento de la suscripción de los contratos, es decir, la anterior CPE), contratos que tenían por objeto explorar, explotar y comercializar los hidrocarburos.

Estableciéndose en consecuencia, que ninguno de los 106 contratos suscritos durante las presidencias de Hugo Banzer Suárez, Gonzalo Sánchez de Lozada y Jorge Quiroga, incluyó dicha solicitud de autorización o aprobación congresal: tales contratos pasaron por alto la exigencia de aprobación congresal prevista en el art. 59, núm. 5 de la anterior CPE.

La magistrada del TSJ, María Cristina Díaz, argumentó su voto disidente en la sentencia condenatoria contra el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada. Observó la vulneración de derechos de los acusados en un juicio en ausencia, sin haber sido notificados personalmente, y a una doble instancia de juzgamiento, afectando el derecho al debido proceso.

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