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Gobierno crea EPCORO, la Empresa de Producción y Comercialización del Oro

El presidente Luis Arce y su gabinete promulgaron el Decreto Supremo 5134, que da nacimiento a EPCORO, la Empresa Estatal de Producción y Comercialización del Oro con un presupuesto de Bs 102,9 millones.

La norma establece en su primer artículo que el plan se enmarca en “la política de industrialización de los recursos naturales y el fortalecimiento de las reservas internacionales”.

Ese mismo acápite se “autoriza” el aporte de capital con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación (TGN). El gabinete se reunió el miércoles.

El artículo 4 “autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar un aporte de capital con recursos provenientes del TGN a favor de la Comibol para la EPCORO, por un monto de hasta Bs 102.900.000” que será “destinado a la comercialización del oro”.

Asimismo, la norma estipula que “EPCORO es una empresa estatal filial de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), con personalidad jurídica y patrimonio propio, duración indefinida, autonomía de gestión técnica, financiera, administrativa, legal y comercial”.

Sus actividades se desarrollarán en el marco normativo que regula el funcionamiento de las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas.

“La EPCORO tiene por giro y actividad principal la producción y comercialización del oro en toda la cadena productiva minera, en el marco de la Ley N° 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, para fortalecer las reservas internacionales”, reseña la norma en su articulado 3.

El directorio estará conformado por un representante del Ministerio de Minería y Metalurgia; tres del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y uno del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

En ese marco, se establecer que EPCORO “debe adscribirse al Programa de Desempeño Institucional y Financiero, suscribir y dar cumplimiento al Convenio de Desempeño Institucional y Financiero”mediante el cual se “determinará acciones, metas e indicadores con base en el Plan de Negocios Empresarial”.

III. El Ministerio de Minería y Metalurgia y la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública – OFEP, en el marco de sus atribuciones, deberán realizar seguimiento al cumplimiento al Plan de Negocios Empresarial de la EPCORO.

En ese marco, se precisa que “en tanto la EPCORO no demuestre utilidades y sostenibilidad en el tiempo, los funcionarios que integren la misma estarán sujetos a la Ley N° 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Público, en el marco de la normativa vigente”.

Además, se dispone que “el Directorio de la COMIBOL disolverá el programa Empresa Boliviana del Oro” y “asignará los saldos presupuestarios, los activos y documentación” de éste a la empresa estatal filial EPCORO.

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