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Rige el Auto de Buen Gobierno por las judiciales: Recuerda las prohibiciones

Desde las cero horas de este viernes rige el Auto de Buen Gobierno en Bolivia, de cara a las elecciones judiciales parciales de este domingo 15 de diciembre con varias prohibiciones, entre ellas manifestaciones públicas y consumo de bebidas alcohólicas.

Las nueve gobernaciones de Bolivia aprobaron los decretos que establecen las prohibiciones y las sanciones antes y durante las elecciones próximas.

Desde las 00:00 del viernes 13 de diciembre hasta las 12:00 del lunes 16 de diciembre está prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.

Mientras desde las 00:00 hasta las 23:59 del día de las elecciones judiciales queda absolutamente prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas. No están comprendidas en esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional encargadas de mantener el orden público.

Tampoco se pondrá realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo y trasladar electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.

De igual manera estará restringida la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales.

Quedan exentos de esta prohibición los vehículos de la Policía Boliviana que brinden las tareas de seguridad y cadena de custodia, además de los vehículos de las Fuerzas Armadas que estén en el proceso de la cadena de custodia.

Además, desde este jueves hasta las 18:00 del domingo 15 de diciembre está prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.

“En caso de incumplimiento de alguna de las prohibiciones dispuestas, los Jueces Electorales impondrán las respectivas sanciones, sean estas pecuniarias, de arresto o trabajo social, cuando corresponda, de conformidad a lo establecido en normativa vigente”, refiere el artículo 4 del decreto.

Las sanciones y multas determinadas deberán ser depositadas en las cuentas fiscales del Órgano Electoral Plurinacional.

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