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Defensa de Camacho insta al director de Chonchocoro a cumplir la norma

Este miércoles se conoció que Marco Gonzales, director del Centro Penitenciario de máxima seguridad de Chonchocoro, fue notificado el jueves 9 de mayo por el Tribunal de Sentencia 8vo, que le ordena coordinar el traslado de Luis Fernando Camacho a Santa Cruz.

Ante ello, Martín Camacho, abogado del gobernador cruceño, dijo que esta no es una posibilidad, sino una obligación, enmarcada en la Ley 2298, establece el director de cada centro penitenciario debe cumplir con las órdenes judiciales para los traslados a las audiencias.

Con ello, señala que lo expuesto por Juan Carlos Limpias, director nacional de Régimen Penitenciario, que habló de impedimentos de seguridad para cumplir con el traslado, caen en ‘saco roto’ pues debe darse cumplimiento a la orden.

El señor Limpias lo único que está haciendo es fortalecer en error, pero además instigar a que se cometa un incumplimiento de deberes por parte del mayor González que está obligado a trasladar al gobernador”, remarcó el abogado.

Luis Fernando Camacho debe enfrentar el inicio de un juicio oral por el caso decreto 373, audiencia fijada para el 27 de mayo a las 8:15, tal como lo dispuso el Tribunal de Sentencia.

Dentro del argumento expuesto por Limpias, se pide a las autoridades judiciales analizar los informes sobre las condiciones, emitidos en anteriores ocasiones sobre un riesgo que existiría para cumplir con el traslado.

Al respecto, el abogado Camacho señaló que es importante recalcar que el tribunal ya valoró los informes que presentó el director del Centro Penitenciario de Chonchocoro y que estos “no han sido suficientes para justificar el incumplimiento de la orden judicial”.

“No hay una excusa que se pueda presentar, primero de parte de otro funcionario público como es el caso de Juan Carlos Limpias, más aún cuando hace referencia a informes pasados que ya fueron valorados en la audiencia de 11 de marzo por el Tribunal Octavo de Sentencia y que además fueron considerados como superfluos e insuficientes para no dar cumplimiento a una orden judicial”, expuso.

“En caso que el 27 de mayo se vuelva a adecuar la conducta del mayor González al tipo penal de incumplimiento de deberes o de obstrucción a la justicia o en todo caso de retardación a la justicia pues se puede volver a sentar una denuncia”, remarcó.

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