El gabinete de Luis Arce firmó el Decreto Supremo 5143 que reglamenta la Ley de 15 de noviembre de 1887, que tiene la finalidad de modernizar el Registro de Derechos Reales.
La norma establece que el Consejo de la Magistratura, mediante un acuerdo, constituirá la “máxima Instancia Competente Nacional de Registro de Derechos Reales” y la autoridad será designada por cinco años. Además, según la disposición transitoria primera, el Consejo tiene 30 días calendario para constituir esta instancia.
Una de las novedades del DS 5143 es que se dispone la aplicación de las “herramientas del Gobierno Electrónico” en el registro de Derechos Reales, que debe “interoperar con sistemas de otras entidades públicas a fin de simplificar y optimizar sus servicios, procedimientos y trámites”.
A partir de ello, el Gobierno crea el “Sistema Único de Derechos Reales”, como un “sistema informático que centraliza e integra en una base de datos única todos los registros públicos de derechos reales a nivel nacional y contempla información que permite identificar de forma única a las propiedades”, bajo la administración de la Instancia Competente Nacional de Registro de Derechos Reales.
Esta instancia queda como responsable de la implementación, mantenimiento y actualización de este sistema informático, así como de la infraestructura tecnológica. También debe elaborar los reglamentos del DS 5143 que serán aprobadas a través de un acuerdo con el Consejo de la Magistratura en un plazo no mayor a los 150 días desde la publicación del decreto supremo.
Según las disposiciones transitorias del DS 5143, el Consejo de la Magistratura debe realizar la institucionalización de cargos del Registro de Derechos Reales, coordinar con la Agetic la implementación y, en un plazo de 60 días a partir de la publicación de la norma, lanzar el “Programa Nacional de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles del Estado” para los tres niveles del Estado y las universidades.