El Ministerio Público pidió este miércoles el inicio del juicio por la vía ordinaria de la expresidenta Jeanine Añez por los luctuosos sucesos en Sacaba y Senkata, en 2019; y tildó de ilegal las resoluciones de dos tribunales que se declararon incompetentes y establecieron que debe ser juzgada en juicio de responsabilidades.
«Las comisiones de fiscales asignados a estos casos, han activado los recursos de apelación para que las salas penales de La Paz y Cochabamba sorteadas, (y) advertidas de esta arbitrariedad de los tribunales de sentencia dejen sin efecto la forzada e ilegal decisión asumida», declaró el fiscal general del Estado, Juan Lanchipa.
En ese contexto pidió que «se dé inicio al juicio oral público y contradictorio» contra la exmandataria y contra otros acusados en los hechos violentos que se suscitaron en el municipio de Sacaba, Cochabamba y Senkata, La Paz, donde murieron personas movilizadas.
Según esa autoridad fiscal, hay suficiente evidencia de que Añez ejerció el control y mantuvo contacto con el Alto mando Militar y Policial, no solo en el momento de las violentas operaciones conjuntas (…), sino antes, durante y después asumiendo pleno control de las mismas».
Manifestó que el Ministerio Público está cumpliendo el mandato legal y constitucional «investigando y sustentando con prueba idónea y contundente la responsabilidad penal de Jeanine Añez y otros involucrados en esos hechos luctuosos».
El Ministerio Público desconoce la legalidad de la presidencia de Añez, por lo tanto, sostiene que ella debe ser enjuiciada en tribunales ordinarios, pero la defensa de la exmandataria mantiene que debe ser juzgada en juicio de responsabilidades como cualquier otro exjefe de Estado.
Lanchipa rechazó la decisión de los tribunales de sentencia de la ciudad de El Alto y Sacaba, que declinaron competencia para juzgarla, argumentando que ella ejerció la presidencia, fue reconocida por los órganos del Estado y que hay evidencia normativa de su paso en la administración del Estado entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020.
Cuestionó a los jueces de esos dos tribunales porque -en su criterio- actuaron de oficio y en completa inobservancia de las reglas procesales y de los antecedentes señalados en los cuadernos de investigación, declarando «la incompetencia de la jurisdicción ordinaria para el juzgamiento de estos casos, pretendiendo desconocer que dicha cuestión competencial ya fue planteada discutida y resuelta en los tribunales».
Reiteró que Jeanine Añez debe ser «procesada en la jurisdicción ordinaria y que no le corresponde un juicio de privilegio constitucional», lo dijo dos días después que el ministro de Justicia, Iván Lima, calificó como un «exceso» la decisión los tribunales Cuarto de Sentencia Penal de El Alto y de Sentencia Primero de Sacaba.
La autoridad detalló que se presentó en forma física el recurso de enmienda y de apelación, indistintamente en los tribunales donde se resolvió que Añez sea procesada en un juicio de corte.
Lanchipa insistió que «el análisis sobre la competencia jurisdiccional para el conocimiento y procesamiento de este caso ha recorrido todo el sistema de impugnación judicial, adquiriendo de esta manera la calidad de cosa juzgada».